Los aspirantes a la
Presidencia de la República, Margarita Zavala, y al Senado, Pedro Kumamoto,
completaron el número de firmas que se deben enviar al Instituto Nacional
Electoral (INE) para validar sus respectivas candidaturas por la vía
independiente.
Al corte del 7 de enero, la
expanista registró 910,507 apoyos de los 866,593 que le pide el INE para avalar
la candidatura, aún falta que el número que ha enviado se vuelvan firmas
válidas.
A la fecha, solamente
605,446 han sido válidas por el INE, además, debe resolver el tema de
distribución de las firmas en por lo menos 17 estados del país, que alcance 1%
de la lista nominal local. Hasta el 1 de enero llevaba cinco estados.
Por su parte, Kumamoto,
diputado en Jalisco con licencia y que busca llegar al Senado de la República,
es quien más firmas lleva entre los otros independientes que buscan el mismo
cargo.
A la fecha, registra 120,952
apoyos, que representa casi 5 puntos porcentuales más de la cifra que se fijó
como requisito mínimo para competir por Jalisco a la Cámara Alta.
En cuanto a las firmas
validadas, el jalisciense lleva 113,704, pero también tiene pendiente la
distribución de las firmas por entidad.
En el caso de las senadurías
se debe contar con apoyos de por lo menos 2% de la lista nominal de la entidad
de la que se trate, pertenecientes a cuando menos la mitad de los distritos
electorales.
En el último reporte de
dispersión, Kumamoto ya había cumplido con los apoyos requeridos en 12 de los
20 distritos electorales de Jalisco.
ACATAN SENTENCIA SOBRE
MONEDEROS
El tema de gastos en
monederos, que dividieron criterios entre el Tribunal Electoral Federal y el
INE en la contabilidad de las elecciones de Coahuila y el Estado de México,
tuvo consecuencias en el Reglamento de Fiscalización con el que los consejeros
revisarán las cuentas del proceso electoral que corre este año.
Al dictar sentencia, la Sala
Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación urgió al
INE modificar el Reglamente de Fiscalización, y, con ello, la propaganda, como
los monederos, no entrará en las auditorías que hace el árbitro electoral ni
tampoco verá las respectivas sanciones.
Esto, a pesar de que el
artículo 209 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales
prohíbe a los partidos que en su propaganda ofrezcan bienes o servicios
inmediatos a los electores. Si esto ocurre se podría considerar como una
presión al electorado.
En el acatamiento resuelto
el viernes, el INE ya no tendrá atribuciones para sancionar el tema como gasto
de campaña; ahora, en este caso de tarjetas y aparentes monederos electrónicos,
quien resolverá en adelante será la Sala Especializada en comicios federales;
en las elecciones locales, los tribunales locales.